Ticket Factura; Muchas veces llegan a nuestro escritorio una compra con Ticket factura o ticket boleta. Es en estos casos en que surge la duda de que tipo de comprobante lo consideramos.
A veces consideramos como factura o como boleta; la SUNAT ha aclarado este asunto mediante el informe N° 055-2017-SUANT/7T0000.
Vamos por partes , para entender bien este asunto, y ¡salir de las dudas de una buena vez!
Documentos considerados comprobantes de pago
En al Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT.
Articulo 1, señala que comprobante de pago es el que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios.
En el articulo 2 considera, siempre y cuando cumplan con los requisitos mínimos a:
a) Facturas
b) Recibos por honorarios
c) Boletas de Venta
d) Liquidaciones de compra
e) Tickes o cintas emitidas por maquinas registradoras
f) Documentos autorizados en el num 6 del Art. 4 de la R.S. N° 007-99/SUNAT.
g) Otros documentos que permitan el adecuado control tributario y se encuentren autorizados por la SUNAT
h) Comprobante de operaciones Ley N° 29972
i) Ticket POS - que se rige por la Resolución de Superintendencia N° 141-2017/SUNAT
Requisitos mínimos de la FACTURA
Los requisitos mínimos para que un comprobante de pago sea considerado como factura lo encontramos en el Numeral 1 del Articulo 8 de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT.
Información Impresa:
Datos de identificación de obligado
a) Apellidos y Nombres o Razón social
b) Dirección del Domicilio fiscal o del punto de emision
c) Numero de RUC
- Denominación de Factura
- Serie y correlativo
- Datos de la imprenta o empresa gráfica que realizo la impresión
d) Fecha de impresión
e) Numero de autorización de impresión
f) destino del original y las copias
Aparte el numeral 1 del articulo 9 del Reglamento de comprobantes de pago establece que debe de tener; 21 cm de ancho por 14 cm de alto.
Ademas indica que el el extremo superior derecho, en un recuadro de 8 cm x 4 cm, debe ir : el RUC, Denominación de FACTURA, numero de serie y correlativo.
Requisitos mínimos del TICKET o cinta emitida por maquina registradora
En el numeral 5 del articulo 8 la R.S. N° 007-99/SUNAT se establece la siguiente información impresa por la maquina registradora.
- Datos del emisor (piden consignarse de manera impresa)
- Numeración correlativa y auto generada por al maquina registradora.
- Numero de serie de fabricación de la maquina
- Bien vendido, cedido o servicio prestado
- Importe de la venta o servicio
- Fecha y hora de emisión
- Emitido como mínimo en original y cinta testigo
- En la venta de combustible al publico, directo al tanque del vehículo automotor; servicios de mantenimiento, seguros, reparación o similares: el número de placa
Cuando se emitan tickets desde un aplicativo informático (software) , se debe de consignar el numero de serie de la impresora o dispositivo de impresión . R.S. N° 339-2017/SUNAT
El Tiket POS
Comprobante de pago electrónico, que se incorpora por el creciente aumento del uso de tarjetas de crédito y débito al momento de realizar compras.
Este comprobante esta regulado por la Resolución de Superintendencia N° 141-2017/SUNAT, que a la vez crea el sistema de emisión electrónica al consumidor final.
¿Quienes pueden emitir Ticket POS?
- Sujetos acogidos al RUS.
- Sujetos acogidos a otro régimen que tengan como actividad principal: Restaurantes, bares, cantinas y servicio móvil de comidas.
- Para acogerse, se debe de inscribir en Sunat Operaciones en Línea y autorizar uno o mas proveedores de servicios electrónicos-CF.
Este ticket POS no permite sustentar costo o gasto ni crédito fiscal.
Ticket de compra
Para sustentar costo, gasto o crédito fiscal, el Ticket debe cumplir con:
a) Se identifique al adquiriente o usuario, Nro de RUC, Apellidos y nombres, denominación o razón social.
b) Se emitan en original y copia ( cinta testigo)
c) Se discrimine el mosto del impuesto.
¿Que tipo de comprobante es el ticket factura?
El informe N° 055-2017/7T0000 concluye que el comprobante de pago que lleve al denominación de TICKET FACTURA, se debe de considerar TICKET; en la medida que cumpla con las condiciones establecidas en el numeral 8 y 9 del Reglamento de Comprobantes de Pago.
Por ningún motivo debe de considerarse FACTURA ya que es un requisito indispensable que se consigne la denominación de FACTURA.
Las mismas condiciones se aplican al TICKET BOLETA; solo se considera como TICKET.
Al final, ya aclarado el asunto. Hemos llegado al final.
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